AFD cuenta con fideicomiso para el apoyo financiero a mipymes y otras empresas

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   Sábado, 20 de Junio de 2020

La Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) cuenta con el producto “Fisalco” para el financiamiento de pago de salarios y/o capital operativo a las micro, pequeñas y empresas, además de cuentapropistas y profesionales independientes.
 
Este producto es financiado con recursos del “Fideicomiso para el apoyo financiero a las mipymes y otras empresas”, en el marco de las medidas de mitigación de efectos económicos adversos de la crisis desatada por el coronavirus, establecidas por el Gobierno Nacional, conforme a la Ley N° 6.524/2020 y al Decreto N° 3.531/2020.
 
Pueden acceder a los interesados que califiquen como sujetos de crédito para la Institución Intermediaria (cooperativas, centrales cooperativas y casas de crédito).
 
Pueden ser personas físicas, empresas unipersonales o personas jurídicas definidas como micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), así como también cuentapropistas y profesionales independientes, todos ellos debidamente inscriptos en el Registro Único del Contribuyente (RUC), cuya actividad económica principal se asienta en el territorio nacional, cuyas definiciones y requisitos se detallan a continuación:
 
Microempresa: es aquella con facturación anual hasta 646.000.000 guaraníes para lo cual deberán acompañar:
 
Identificación del deudor (RUC);
Información sobre la solicitud y condiciones de crédito;
Carta compromiso en la que indiquen que no despedirán sin causa a sus trabajadores por al menos el plazo de tres meses posteriores a la recepción del préstamo.
Pequeña Empresa: es aquella con facturación anual hasta 3.230.000.000 guaraníes. Mediana Empresa: es aquella con facturación anual hasta 7.752.000.000 guaraníes.
Para las operaciones de pequeñas y medianas empresas deberán presentar:
 
Identificación del deudor (RUC);
Información sobre la solicitud y condiciones de crédito;
Formulario de presentación de IVA;
Planilla de sueldos y remuneraciones del personal a cargo o Formulario de aporte patronal al Instituto de Previsión Social (IPS) o Planilla del Ministerio de Trabajo;
Carta compromiso en la que indiquen que no despedirán sin causa a sus trabajadores por al menos el plazo de tres meses posteriores a la recepción del préstamo.
 
Profesional independiente y cuentapropista
 
Profesional independiente y cuentapropista: se refiere a la persona física que presta servicios sin relación de dependencia laboral o que obtiene su ingreso a partir de su propio negocio y que se encuentre inscripto en el RUC. Para los mismos, se tomará la facturación similar a la microempresa.
 
¿Qué se puede financiar con el producto?
 
Operaciones aprobadas por las Instituciones Intermediarias para gastos de pago de salario y/o Capital Operativo de los prestatarios finales de los meses afectados a partir de la declaración de emergencia sanitaria.
 
¿Cuáles son las condiciones financieras del producto para los prestatarios finales?
 
Plazo: desde 1 hasta 5 años, incluido el periodo de gracia.
Periodo de gracia: desde 6 meses hasta 12 meses (no se paga capital ni intereses en este periodo)
Tasa máxima: 5,5%
Amortización: cuotas mensuales de capital e intereses.
Moneda: Guaraníes
Montos máximos:
 
Microempresas: Hasta 190.000.000 guaraníes
Pequeña empresa: Hasta 650.000.000 guaraníes
Mediana empresa: Hasta 1.300.000.000 guaraníes
Profesionales independientes y cuentapropistas: Hasta 190.000.000 guaraníes
¿Qué garantías se exigen a los prestatarios finales?
 
Las fijadas por la Institución Intermediaria y conforme a las regulaciones del Banco Central del Paraguay (BCP) o del Instituto Nacional de Cooperativismo (Incoop).
 
Vigencia del producto
 
Este producto tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2020 o hasta la colocación total de los recursos financieros del fideicomiso, el que fuera primero.

Fuente: https://www.ip.gov.py/ip/afd-cuenta-con-fideicomiso-para-el-apoyo-financiero-a-mipymes-y-otras-empresas/